El próximo 4 de septiembre se someterá a votación el proyecto de una nueva Carta Magna para nuestro país, luego de casi un año de trabajo realizado por la Convención Constitucional.
El borrador de una nueva Constitución ya ha pasado a su etapa formal y hoy podemos analizar todos los contenidos que definitivamente quedaron en el proyecto.
Pero como en muchos procesos de elecciones de los últimos años, las fake news se han alzado como una de las amenazas más importantes para la democracia y para el proceso constitucional.

Hoy ya hemos pasado del borrador de Constitución al proyecto definitivo, oportunidad para dejar de lado las interpretaciones de uno u otro color político y revisar directamente qué diría la nueva Carta Magna de Chile en caso de que la propuesta gane la opción Apruebo.
En este artículo hemos querido reunir las principales diferencias que hay entre la Carta Fundamental heredada de la dictadura y la nueva propuesta de Constitución.
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¡Comencemos!
¿Qué significa una nueva Constitución para Chile?
Para entender lo que significa una nueva Constitución para Chile es necesario, primero, saber qué es y para qué sirve este documento fundacional para un país, del que hace poco se presentó un borrador, propuesta que será sometida a votación el próximo 4 de septiembre.
Lo primero que haremos será recurrir a la Real Academia de la Lengua Española (RAE), que define una Constitución como “la ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política”.
En otras palabras, una Constitución es la norma jurídica más relevante para un Estado. Pero, a diferencia de lo que algunos pueden pensar, ésta no siempre tiene que estar escrita (o codificada, si queremos ser más precisos).
¿Por qué?
Pues existen países como Reino Unido cuyo sistema es reconocido por no contar con una Constitución. Sin embargo, decirlo así no es muy preciso que digamos. De hecho, puede resultar hasta engañoso, porque lo cierto es que países como éstos sí cuentan con una Ley Fundamental, solo que no se encuentra codificada en una sola Carta Magna como a la que estamos acostumbrados.
En efecto, hablar de una constitución no escrita en el caso de países como el mencionado recién resulta incorrecto, ya que por lo general son naciones que se rigen por normas cuya jurisprudencia corresponde efectivamente a la de una Constitución, tales como decisiones judiciales, convenciones parlamentarias, estatutos y tratados.
La Constitución de un país, por lo tanto, es la norma con el rango jerárquico más alto de todo el ordenamiento jurídico. Ésta tiene como fin regular el poder estatal y establecer las libertades fundamentales de todas las personas que son parte de dicho Estado.
En este sentido, una nueva Constitución para Chile significa, primero, haber identificado que uno de los problemas que impiden las transformaciones demandadas por la ciudadanía es, precisamente, la actual Carta Fundamental.
Proponer un nuevo texto fundacional para el Estado chileno conduce a dar cabida a la realidad de las personas para que sean realmente partícipes de la conducción del país, principio esencial para cualquier democracia, aunque no todos están de acuerdo con esto.
Así se creó la Constitución de 1980 en Chile
Tras el violento derrocamiento del gobierno democrático del ex presidente Salvador Allende en manos de Augusto Pinochet, este último suspendió inmediatamente de forma parcial la Constitución que regía en el país desde 1925.
A través de decretos leyes, la Constitución aprobada el 30 de agosto de 1925, comenzó a ser modificada y derogada por la dictadura pinochetista, hasta reemplazarla de forma total con la instauración de la Carta Fundamental que rige hasta el día de hoy.

El objetivo era crear una nueva institucionalidad desde una hoja en blanco, es decir, completamente de cero, objetivo con el que se designó la creación de la popularmente conocida como Comisión Ortúzar, cuyo nombre formal era "Comisión de Estudios de la Nueva Constitución”.
Esta organización tuvo como finalidad entregar un anteproyecto de Nueva Constitución, el que luego sufrió modificaciones por parte del Consejo de Estado, organismo asesor y redactor de la dictadura, junto a la propia Junta Militar.
Aunque en términos formales se llevó a cabo una elección ciudadana en la que se aprobó la actual Constitución de 1980, lo cierto es que fue un proceso muy cuestionado por diferentes irregularidades.
Entre ellas, se encuentra la imposibilidad que tuvo la oposición para realizar una campaña política, además de no existir registros electorales.
Pero esto no fue impedimento para que la dictadura hiciera entrar en vigencia su Constitución a partir del 11 de marzo de 1981.
El objetivo principal que tenía la redacción de esta nueva Constitución era proteger el Estado y la nación de grupos e ideologías que pudieran atentar contra el régimen autoritario.
Esto se puede corroborar con la declaración de que toda organización o acto que se desarrollara con un fin contrario a su concepción de la familia o que tuviera en sus bases el planteamiento de la lucha de clases quedaba prohibida.
Este modelo autoritario también se ve reflejado en la instauración de un sistema de un marcado presidencialismo, entre cuyas facultades se encontraba ni más ni menos que la de disolver la Cámara de Diputados.
Diferencias entre la propuesta de Nueva Constitución y la de 1980
No hay duda de que el proyecto de Nueva Constitución con la Carta Magna que rige actualmente guardan importantes diferencias. La interpretación que dejaron las masivas protestas iniciadas en octubre de 2019 fue que se esperaban cambios fundamentales que permitieran mejorar la vida de las personas.
Uno de los pilares de la Constitución de Pinochet es la subsidiariedad del Estado, lo que significa que se deja actuar principalmente a las instituciones privadas antes que el aparato estatal en cuanto a la protección de derechos sociales como la salud, la educación y las pensiones. A diferencia de la nueva propuesta de Carta Fundamental para Chile, donde se indica que nuestro país es un “Estado social y democrático de derecho”.
Esto quiere decir que los gobernantes deben orientar sus esfuerzos a proveer de bienes y servicios a los ciudadanos y ciudadanas con el fin de proteger sus derechos.
En este marco se propone, por ejemplo, la creación de un Sistema de Seguridad Social de carácter público, el que deberá estar financiado a través de cotizaciones obligatorias y las rentas nacionales.
No hay un punto en el que se incluyan a las instituciones privadas de administración de fondos de pensiones (AFP), una de las principales demandas de gran parte de la ciudadanía por los montos deficientes que recibe la mayoría de los jubilados y jubiladas del país.
Es importante destacar que la propiedad de los fondos de pensiones actuales seguirán perteneciendo a sus dueños.
Por otro lado, en la propuesta de nueva Constitución se establece que nuestro país es una Democracia Paritaria, lo que significa que el Estado deberá encargarse de contar con órganos cuyos trabajadores corresponderán en por lo menos a un 50% a mujeres.
Este es uno de los principales cambios que se concretarán con la nueva Constitución, ya que la instaurada por la dictadura cívico militar no cuenta con enfoque de género ni con la idea de paridad.
Uno de los avances que se ha reconocido en todo el mundo respecto del proceso de redacción de la actual propuesta de Ley Fundamental es el carácter paritario de la Convención Constitucional, algo único en el mundo y que sin duda marcará los próximos procesos políticos y sociales a nivel mundial.
Asimismo, de aprobarse la propuesta emanada por la Convención Constitucional, Chile sería declarado un Estado Plurinacional e Intercultural como reconocimiento de más de 10 pueblos originarios y naciones, como el Aymara, Mapuche, Quechua, Diaguita, Colla, entre otros.
Han surgido voces que acusan una fragmentación estatal a partir de esta nueva disposición pero se trata de un argumento desmentido en múltiples ocasiones. Lo cierto es que esta propuesta de Ley Fundamental establece de forma precisa y literal como principio la unidad e indivisibilidad del Estado de Chile.

El sistema político es otro de los temas en que vemos novedades a nivel constitucional con la nueva propuesta.
Si bien en ambos casos nos encontramos con un sistema presidencial, es respecto del Congreso Nacional donde encontramos las diferencias más importantes.
Si en el plebiscito de salida se aprueba la nueva Constitución para Chile se eliminaría el Senado. Es decir, junto a la Cámara de Diputados se establecería otro órgano, denominado Cámara de las Regiones.
El texto plantea un poder asimétrico entre estas dos instituciones políticas, donde la primera de ellas estaría a cargo de la formación de las leyes, mientras que el ámbito de acción de la segunda se reduciría a aquellas normativas de acuerdo regional.
Existen muchas otras diferencias entre la antigua Constitución de Pinochet y la propuesta de nueva Carta Magna para Chile. La invitación que te hacemos es a informarte siempre con fuentes oficiales y confiables para que puedas votar informado con la verdad.









